I. Convenio
La instrumentación y ejecución del Ordenamiento Ecológico de la Cuenca del Río Bobos, se formalizó a través de un Acuerdo de Coordinación, signado entre los 17 alcaldes de la región con la entonces Secretaría de Desarrollo Regional el 31 de marzo del 2004, mismo que permite tanto al Estado como a los Municipios realizar acciones, tendientes a la instrumentación y ejecución del Programa de Ordenamiento Ecológico para la región y orientar la regulación del uso de suelo y el aprovechamiento sustentable de sus recursos naturales.
II. Comité
REUNIÓN PARA LA INSTALACIÓN DEL GRUPO TÉCNICO DE VIGILANCIA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DE LA CUENCA DEL RÍO BOBOS Y ENTREGA DEL MODELO Y DECRETO.
La razón de invitar a instituciones como SEMARNAT, PROFEPA y CNA es hacerlos participes para que puedan intervenir en los asuntos de su competencia y en la vigilancia y aplicación del Programa de Ordenamiento Ecológico de la Cuenca del Río Bobos.
Por la Secretaria; Coordinación Estatal del Medio Ambiente: Biol. Celso Hernández Aponte
Por los municipios: Presidentes municipales
III. Agenda ambiental
Se describe el medio físico del municipio,el perfil socio-demográfico donde incluyen a los grupos étnicos y la proyección a futuro de la evolución demográfica, la infraestructura con la que cuenta Lerdo, las actividades económicas que ahí se desarrollan y el punto de mayo enfoque es el de las problemáticas ambientales que existen en el municipio cuyos ejes temáticos principales fueron:
En el caso del Modelo de Ordenamiento Ecológico para la cuenca del río Bobos, Veracruz se establecieron 16 Unidades de Gestión Ambiental definidas a partir de las cuatro políticas ecológicas, siendo aplicables para este caso 8 tipos de uso del suelo predominante:
IV. Bitácora
La bitácora muestra un resumen de los avances del proceso de ordenamiento, así como de las reuniones ordinarias y extraordinarias del comité. Para la validación de la propuesta del Programa de Ordenamiento Ecólógico de la Cuenca del Río Bobos, se realizó una campaña de difusión en radio y prensa regional, así como exposición de carteles en los municipios de la cuenca, además de la realización de 4 Talleres, de los cuales 3 fueron en la región y 1 instituciona.
V. Decreto
Una vez elaborados los programas de ordenamiento ecológico, se someterán a consulta popular, de acuerdo al Art. 27 de la Ley Estatal de Protección Ambiental y según el artículo 28 de la citada Ley, efectuada la consulta popular, con las modificaciones que en su caso hubiese, los programas de ordenamiento ecológico estatal, regionales, se someterán a la aprobación del Gobernador del Estado.